martes, 4 de marzo de 2014

ACTO ADMINISTRATIVO


ACTO ADMINISTRATIVO

Es el reflejo de la intención de la administración que puede tener transcendencia frente a los administrativos. Se rige por el derecho Administrativo.

Ejemplos:
1º Orden de derribo de un inmueble en ruinas.
2º Convocatoria de oposiciones.
3º Imposición de una multa.

Clases de Acto Administrativo

Actos resolutivos: deciden sobre el fondo del tema.
Actos de tránsmite: son los previos al acto resolutivo.
Actos reglados: siguen un procedimiento establecido.
Actos expresos: son los que la resolución ha de notificarse al interesado.
Actos presuntos: El silencio administrativo supone la aprobación.
Actos favorables:
  • Concesiones: Ej. Contrato de basuras.
  • Admisiones: Ej. Oferta de trabajo.
  • Autorizaciones: Ej. Puesto de trabajo.
  • Dispensas: Ej. No pagar basura a aquages si no nos dan servicio.
Actos de gravamen:
- Prohibiciones: Ej. Bando prohibiendo alimentar en la calle a gatos.
- Sanciones: Ej. Pagar una multa por una construcción ilegal.
    • Expropiaciones: Ej. Venta obligada de terreno para el AVE.

El procedimiento administrativo

Es la sucesión de actos que realiza la administración regulado por dos normas:
Ley de Régimen Jurídico de las AAPP.
Ley de Procedimiento administrativo.

Formas
DE OFICIO: lo inicia el órgano competente por iniciativa propia o por orden de un superior.
POR DENUNCIA: cuando un 3º solicita el inicio del procedimiento. Se solicita mediante instancia por escrito.

Contenidos de la instancia
1º: datos del interesado.
2º: los echos, razones y lo que solicita.
3º: lugar y fecha.
4º: firma del interesado.
5º: a qué organismo se dirige (DESTINATARIO).


Ordenación del procedimiento
Se da entrada en el despacho correspondiente al expediente, se sella y se archiva.

Instrucción del procedimiento
Comprobar los datos,  estudio del caso, solicitar en su caso nueva información, presentar alegaciones.

Solicitud de revisión
Los recursos son actos de las personas interesadas en un procedimiento que no están conformes con lo dictado por la administración pública y alegan que ésta ha realizado un incumplimiento del ordenamiento jurídico. Interponer un recurso no implica la suspensión del acto

Recursos presentados ante la administración


Recurso de reposición y recurso extraordinario: Se presenta ante el mismo organo que dicto el acto.

Recurso de alza: Se presenta ante el organo superior.

Recursos presentados ante jurisdiccion: Contenxioso- administrativo:

Recursos presentados ante jurisdicción contenciosoadministrativa:

 Se presentan los recursos en:

-Juzgado de lo contencioso-administrativo.

- Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autonoma.

- Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia nacional

-Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.

                    El Personal al servicio de 
             la Administración Publica

 a) Funcionarios (Su relacion laboral se rige por el derecho administrativo)

- De carrera: Persona que se ha presentado a concurso (Meritos), Oposicion (Examen), O concurso a oposición ( Meritos, examen). Y han conseguido una plaza para desempeñar un trabajo en la Administracion Publica de forma permanente.

- Interinos: Persona que ocupa un puesto en la Administracion de manera temporal.

b) Personal Laboral (Su relacion laboral se rige por el Estatuto de los trabajaros( derecho de trabajo).




                               Requisitos

Ser Español o ciudadano de la Union Europea o convenio con pais de origen.

-Tener más de 16 años.

-Poseer el titulo exigido.

-No tener defecto fisico o psiquico que impida realizar las actividades del puesto.

-No haber sido separado de la administracion publica por expediente disciplinario.

-No estar inabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función publica.




















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